SOLICITAN MILITANTES DE MORENA SE NIEGUE A ULISES MEJÍA REGISTRO COMO PRECANDIDATO

SOLICITAN MILITANTES DE MORENA SE NIEGUE A ULISES MEJÍA REGISTRO COMO PRECANDIDATO

Ecodiario

ZACATECAS, ZAC.- Militantes de Morena solicitaron a la Comisión Nacional de Elecciones del partido que se niegue o se suspenda el registro al ex alcalde capitalino como aspirante a la candidatura al senado.

A través de un oficio dirigido a la dirigencia nacional, se expone que Mejía Haro no cumple con los requisitos de elegibilidad para ser candidato y participar en el próximo proceso electoral de 2024, incluso recuerdan que fue sancionado por violencia política de género.

El pasado 30 de noviembre, el militante Domingo Jiménez Sierra, compareció ante la sede del Comité Ejecutivo Estatal, y el 01 de diciembre del año en curso, ante el Comité Ejecutivo Nacional y la Comisión Nacional de Elecciones para solicitar la cancelación del pegistro de aspirante, pues la comisión está próxima a emitir el dictamen de los registros.

​En el documento, se señala que el militante en ejercicio de sus derechos como militante de Morena, comparece para que, en términos del artículo 64 inciso h) del Estatuto de morena, la Comisión Nacional de Elecciones, se niegue o cancele el registro de precandidato de Ulises Mejía Haro.

​En resumen, esta petición la realiza, basada en dos elementos principales: porque señala en Morena no quieren candidatos que, en el proceso inmediato anterior, hayan competido por un partido político distinto, y de los que no formó parte de la coalición de su partido, lo cual además es un requisito de elegibilidad.

compitió por el Partido Encuentro Solidario, como candidato a Diputado Local del Primer Distrito de la Capital. Candidatura en la que, por cierto, se la pasó atacando al Presidente Mario Delgado, y a cuanto militante de morena no compartiera sus ideas. Solo recordemos un poco.

​Pero, sobre todo, sustenta su petición, en que, además, no puede ser candidato al Senado, una persona que, en el año 2021, en Sentencia Condenatoria por parte del Tribunal Electoral del Estado de Zacatecas, fue declarado culpable de EJERCER VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO, en contra de las mujeres. En este caso, la sentencia es por el caso de violencia e intimidación, de que de manera dolosa y constante ejerció en contra de su entonces Síndica RUTH CALDERÓN BABÚN. Y es que, de manera muy interesante el militante explica, que Mejía Haro, no se encuentra en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del INE, por los cuatro años que se le condenó el TRIJEZ, por un tema de irretroactividad de la ley. Esto es, después de muchos recursos que presentó Ulises en contra de la Sentencia que lo condenó a ello, la Sala Regional del TRIFE ratificó la condena, pero la Sala Superior del TRIFE, mediante recurso de RECONSIDERACIÓN que interpuso Ulises, modificó la condena, solo en cuanto a que, por haberse realizado los hechos de violencia por Ulises Mejía Haro, en contra de RUTH CALDERÓN BABÚN, entre el 22 de agosto de dos mil de 2019 y el 19 de junio de 2020. Y que, la presentación de las denuncias fueron en el mes de junio del 2020, mientras que el TRIFE ordenó al INE la creación de la lista nacional de infractores de VPG, el 29 de julio de 2020, y que el registro de personas infractoras de VPG fue publicado en el DOF el 22 de septiembre del 2020, mientras que, en el caso Zacatecas, el 16 de septiembre de 2020 se publicó un acuerdo del IEEZ por el que se establece la obligación de realizar un registro estatal de infractores de VPG. Como podemos apreciar, Ulises Mejía Haro, infractor de violencia política en razón de género, se salvó de estar en la lista nacional de infractores por menos de 90 días.

Por eso dice el militante que se puede apreciar y demostrar, que NO ES QUE ULISES MEJÍA HARO no haya ejercido VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO en contra de RUTH CALDERÓN BABÚN. Que, CLARO QUE LO HIZO, y esa Sentencia está firme. Y que, en Morena, no quieren como Candidatos a personas que vayan en contra de los principios y documentos básicos, es decir, contra quien ejerce violencia política en razón de género en contra de las mujeres. Y, que, ni el estatuto, ni la convocatoria establecen que la violencia política en contra de la mujer por razones de género, esté sujeta a que aparezcan en la Lista Nacional de Infractores, sino, que señala, que para acreditarla y, por ende, no poder ser candidato postulado por nuestro Instituto Político, se requiere que una autoridad judicial de la materia, haya decretado mediante sentencia firme, la existencia de dicha violencia política en razón de género. Hipótesis que se colma totalmente en el caso de Ulises Mejía Haro, en contra de quien versa la sentencia que en este documento se describe, y la cual, quedó firme totalmente. Y que, precisamente eso lo contempla la BASE SÉPTIMA, numeral 3, inciso a) de la convocatoria.

Así, entre otros elementos que vierte, en cuanto a que, ULISES ha vulnerado la declaración de principios, los estatutos, etc., el militante de manera contundente HACE SU SOLICITUD desde este momento, para que la Comisión Nacional de Elecciones, NIEGUE o CANCELE el registro como PRECANDIDATO de ULISES MEJÍA HARO.

Por lo que habrá que esperar para ver que se termina en morena, ya que, los elementos que el militante señala son contundentes contra la aspiración de Ulises, ya que finalmente dice el agremiado: que la NEGATIVA O CANCELACIÓN DEL PRE REGISTRO DEL DENUNCIADO ULISES MEJÍA HARO se solicita para que se le impida participar como Candidato al Senado de la República, sea como militante o externo, por mayoría relativa o representación proporcional.

Finalmente adjunta a su escrito, SIETE PRUEBAS DOCUMENTALES con las que dice acredita su petición. Entre ellas, podemos apreciar que se encuentran el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, de fecha 13 de junio de 2021, que la participación de ULISES MEJÍA HARO en el proceso electoral inmediato anterior en la entidad Zacatecana, por el Partido Político Encuentro Solidario. El CONVENIO DE COALICIÓN ELECTORAL de fecha 23 días del mes de diciembre de 2020, QUE CELEBRARON MORENA, EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, EL PARTIDO DEL TRABAJO, Y EL PARTIDO NUEVA ALIANZA PARA EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO CONSTITUCIONAL 2020–2021 PARA EL ESTADO DE ZACATECAS. CON LO QUE acredita que, el PARTIDO POLÍTICO ENCUENTRO SOLIDARIO que postulara a ULISES MEJÍA HARO como candidato a Diputado Local por el Distrito 1 con sede en la Capital, no formó parte de nuestra coalición. Anexa también la CONVOCATORIA emitida en la Ciudad de México, el 26 de octubre de 2023, AL PROCESO DE SELECCIÓN DE MORENA PARA CANDIDATURAS AL SENADO DE LA REPÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS SEÑALADAS DENTRO DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2023-2024, para acreditar la INEGIBILIDAD de MEJIA HARO. Lo más interesante es que exhibe la versión pública de la Sentencia firme emitida por el TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL DEL ESTADO DE ZACATECAS en fecha 31 de marzo de 2021, con lo que acredita fehacientemente que, RUTH CALDERÓN BABÚN acreditó la VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO que infirió en su contra ULISES MEJÍA HARO. Entre otras.

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