Hablemos de seguridad… y algo más | Una visión más de la seguridad pública y su relación con los derechos humanos

Hablemos de seguridad… y algo más | Una visión más de la seguridad pública y su relación con los derechos humanos

“¿Qué es la Seguridad Pública?”


Diego Varela de León*

Históricamente se ha considerado a la seguridad pública como una obligación exclusiva del Estado, pues desde la Constitución de 1917 se advierte la necesidad de que la seguridad pública sea una obligación o atribución de los órganos del Estado.

Después de la revolución de 1910 no había fuerzas de seguridad pública al servicio de la sociedad, contrariamente a lo que requería el país en esa época. Existían corporaciones que respondían a los intereses de unos cuantos, como es el caso de lo que se conoció como “las guardias blancas”, que eran policías o cuerpos de seguridad que estaban al servicio de los grandes latifundistas y fue hasta 1925 que se hicieron los primeros intentos de unificar a los cuerpos policiales haciendo del adiestramiento policial una carrera, como podría ser el caso de lo que hoy se conoce como Instituto de Formación Profesional. Ya para el año de 1948 fue creada la Comisión Consultiva de la Policía del Distrito Federal, ahora Ciudad de México, que entre sus atribuciones tenía por objeto lograr una mejor relación entre la policía y la sociedad.

En uno y otro esbozo, hemos asentado desde nuestra concepción muy particular cuando nos preguntamos ¿qué es la Seguridad Pública? O como la concebimos, y desde una filosofía muy personal decimos que “la seguridad publica representa la base fundamental de la convivencia, confianza y respaldo para la ciudadanía y que además de ser una condición que busca todo ser viviente en su individualidad y colectividad. 

Y Según González Ruiz y otros teóricos de la materia, la seguridad pública puede entenderse como el conjunto de políticas y medidas coherentes y articuladas que tienden a garantizar la paz general a través de la prevención y represión de los delitos y las faltas contra el orden público, mediante el sistema de control penal y la policía administrativa, e igualmente para Edgardo Buscaglia, La seguridad pública no solo es una garantía individual del gobernado, es además un prerrequisito o precondición para el desarrollo económico de un país.

Y tal y como lo establece el artículo 21 de nuestra constitución, la seguridad pública es una función a cargo del Estado la Federación, las entidades federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución, así como la sanción de las infracciones administrativas para hacerla efectiva.

Y este tema que mucho tiene que ver con otros factores superiores y me refiero al tema de los derechos humanos que no está, ni deberá estar nunca alejado del actuar de los cuerpos de seguridad pública, quienes están obligados a cumplir con cabalidad e irrestricto apego en su observancia y brevemente nos preguntamos ¿qué son los Derechos Humanos? en un tema en el que existen diferentes teorías al respecto pero que en una definición breve citaremos de entre varias, que según Pérez Luño asentó que son un “conjunto de facultades e instituciones que en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humana, las cuales deber ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional., e igualmente para Luigi Ferrajoli quien asentó que “son derechos fundamentales todos aquellos derechos subjetivos que corresponde universalmente a todos los seres humanos en cuanto dotado el estatus de persona, de ciudadanos o personas con capacidad de obrar, igualmente que es un Conjunto de garantías aseguradas por el paradigma del estado de derecho, que modelado en los orígenes del estado moderno sobre la exclusiva tutela de los derechos de libertad y propiedad.

Entonces pues la seguridad publica además de ser un asunto prioritario para el desarrollo del concierto social, no puede ni debe verse alejado del cumplimiento irrestricto de la norma jurídica con el cumplimiento a los derechos humanos igualmente enmarcados en nuestra carta magna y en este orden de ideas y en una realidad a la que no podemos escapar, esta sin duda la coparticipación de la ciudadanía, en donde son los actores principales en este concierto social, en los que ciudadanos y aplicadores de la ley no pueden verse unos sin los otros y juntos construyen esa seguridad ciudadana tan anhelan por unos y otros. 


*Libre pensador, amante de la lectura, la música y el deporte.


**Las opiniones plasmadas en las colaboraciones son responsabilidad de cada autor, así como su estilo de escritura. Ecodiario Zacatecas sólo es una plataforma digital para darlas a conocer a sus lectores.


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