En busca de justicia | Presunción de inocencia
“En los tiempos actuales, las acusaciones por delitos graves en contra de una persona por el auge de las redes sociales, en lo mediático lo vuelven culpable por el solo hecho de la denuncia, sin que haya una sentencia que lo incrimine”
Pedro Jasso*
El Artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, precisa lo siguiente: “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 20, apartado B, fracción I, establece que toda persona imputada tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa.
Por su parte, el Código Nacional de Procedimientos Penales, en su artículo 13, señala el principio de presunción de inocencia, donde garantiza que toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano Jurisdiccional correspondiente.
La presunción de inocencia, podemos mencionar que no es un simple principio de interpretación ni una regla probatoria, sino un derecho con significado práctico a lo largo de todo proceso o procedimiento que garantiza una protección especial a las personas acusadas de algún delito o circunstancia. Por tanto, como derecho de la persona imputada, el respeto y ejercicio efectivos de la presunción de inocencia van más allá de la verdad y de la justicia, principios que están consagrados en nuestra Carta Magna.
Entonces, podemos señalar que, todo hombre es inocente hasta que se compruebe lo contrario, así reza la máxima jurídica del país, una de las primeras enseñanzas en la Universidad y sin embargo la última en aplicarse en la realidad.
En todo juicio, el imputado se medirá contra el poder del Estado, ya que es el Estado mismo, el órgano que sostiene la acusación mediante el Fiscal del Ministerio Público.
Este simple hecho ya pone en desventaja al procesado, frente al poderío que representa su contraparte. Es por eso que el ciudadano debe llegar al juicio arropado de una serie de derechos que sirva de contrapeso a ese poderío y que al tiempo le permita una especie de coraza para poder competir con igualdad en el proceso legal.
El Estado parte de instrumentos internacionales que salvaguardan el principio de presunción de inocencia, como la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que generó la obligación de incorporar ese principio al derecho positivo vigente.
En los tiempos actuales, las acusaciones por delitos graves en contra de una persona por el auge de las redes sociales, en lo mediático lo vuelven culpable por el solo hecho de la denuncia, sin que haya una sentencia que lo incrimine; es por eso, que en todo momento debe prevalecer la presunción de inocencia para garantizar los derechos humanos sin importar las circunstancias.