El sentido del derecho “in actu” | Proceso de armonización de los tratados internacionales

El sentido del derecho “in actu” | Proceso de armonización de los tratados internacionales

“La negociación y armonización y la paridad de género”

Oscar Gabriel Campos*

Es posible que hayamos escuchado y mencionado el tema en colaboraciones anteriores sobre los tratados internacionales, sin embargo ¿Cómo es que un tratado internacional se lleva a un plano local? Para empezar es importante considerar que el proceso de creación de un tratado internacional se conforma de cuatro etapas: la primera es la negociación, la segunda la adopción del texto adecuado para dicho instrumento, posteriormente se realiza la autenticación del texto y finalmente la manifestación del consentimiento de los países que lo celebran, este y otros procesos son regulados por el derecho internacional público.

Es la primera etapa en la que los países contratantes proponen, discuten y aprueban el contenido y alcance del tratado y justamente es ahí en dónde se encuentra el llamado proceso de armonización de la legislación de los países contratantes.

La disposición constitucional que da fundamento a la armonización, es el artículo 133, que establece: “Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada estado se arreglarán a dicha constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados.”

En lo que se refiere a las consideraciones internacionales en paridad entre géneros, la Organización de las Naciones Unidas ha señalado que la democracia ha creado mecanismos de interacción de los grupos marginados como las cuotas o disposiciones regionales para amplificar las inquietudes de los grupos que se ven privados del derecho al voto político.

De acuerdo a la Declaración de Viena 1993, los derechos humanos de las mujeres y las niñas son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales. Por lo que la plena participación en condiciones de igualdad de la mujer en la vida política, civil, económica, social y cultural en los planos nacional, regional e internacional y la erradicación de todas las formas de discriminación basadas en el sexo son objetivos prioritarios de la comunidad internacional.

Un número importante de Asambleas y Conferencias mundiales o regionales realizadas por la ONU y la OEA han puesto especial atención a las desigualdades de género y la violencia contra las mujeres y las niñas, lo que ha derivado en una serie de instrumentos como las declaraciones, convenciones, tratados, plataformas de acción, pactos y protocolos.

En el ámbito internacional de los derechos humanos se establecen las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

El principio de igualdad y no discriminación es una norma de orden público internacional que no admite pacto en contrario.

Dentro de los tratados internacionales de derechos humanos firmados por México encontramos: La Declaración Universal de los derechos humanos en París el 10 de diciembre 1948, Convención Americana sobre derechos humanos “Pacto de San José Costa Rica” -OEA, 22 de noviembre de 1969, Convención de Viena sobre relaciones consulares – ONU, Viena, Austria, 24 de abril de 1963, garantizar a las oficinas consulares el eficaz desempeño de sus funciones en nombre de sus Estados respectivos.

En ese sentido México se acoge a dos sistemas que son el Sistema Universal de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA). Por ello es de suma importancia el continuar con la armonización y celebración de tratados en búsqueda de equidad y justicia para la sociedad.

“Ubi labor - ibi uber / Donde hay trabajo hay abundancia”

*Abogado y libre pensador

*Las opiniones plasmadas en las colaboraciones son responsabilidad de cada autor, así como su estilo de escritura. Ecodiario Zacatecas sólo es una plataforma digital para darlas a conocer a sus lectores.

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