Sociedad transparente | La Suprema Corte reactiva las sesiones de Pleno del INAI
“Recordemos que la falta de acuerdos por parte del Senado provocó que durante casi 5 meses el INAI no contara con el quórum establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública…”
Samuel Montoya*
Después de más de 140 días en los que el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) no pudiera sesionar ante la falta de nombramiento de tres comisionados por parte de la Cámara de Senadores, finalmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que el órgano garante nacional puede resolver con toda legalidad con los comisionados que lo integran.
Recordemos que la falta de acuerdos por parte del Senado provocó que durante casi 5 meses el INAI no contara con el quórum establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), la cual establece que se requieren al menos cinco comisionados para que se puedan llevar a cabo las sesiones de Pleno.
Por lo anterior, el 27 de marzo de 2023, el INAI interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se señaló la omisión del Senado de la República para nombrar a tres nuevos Comisionados, solicitando la suspensión de la aplicación del Artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y que se permitiera que el pleno del INAI pudiera sesionar con su formación actual.
Una vez admitida la controversia constitucional, fue responsabilidad de la ministra Loretta Ortiz, resolver, quien denegó la suspensión.
Ante esta resolución, el INAI interpuso el recurso de reclamación donde correspondió al ministro Javier Leynez Potisek elaborar y presentar a los integrantes de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el proyecto de resolución.
Cómo consecuencia, el miércoles 23 de agosto del 2023 la Segunda Sala con tres a favor y un voto en contra, de la ministra Yasmín Esquivel, avaló el proyecto del ministro Leynez donde se declaró fundado el recurso de reclamación interpuesto por el Órgano Garante Nacional.
En el Recurso de Reclamación 229/2023, el INAI mediante los diferentes agravios y argumentos, demostró porque resulta viable y procedente la controversia constitucional para dos efectos primordiales.
a)Que se instruya al Senado para que realice la designación de las personas Comisionadas pendientes para integrar el pleno de INAI, y
b)Qué en su defecto, permita a la actual integración de cuatro personas comisionadas sesionar con ese número ante la extraordinaria situación de falta de integración del Pleno del INAI.
En el cuerpo de la resolución, en el tercer resultando, se concede la suspensión, lo cual fue considerado como un acto histórico en favor de la legalidad y la defensa de los derechos humanos del acceso a la información y la protección de los datos personales.
Derivado de esta resolución el INAI ya pudo sesionar y resolver los más de 8 mil expedientes pendientes de ciudadanos que solicitan hacer valer su derecho humano de acceso a la Información.
Pero aún falta, como integrantes del Sistema Nacional de Transparencia y ciudadano, seguiremos pugnando por que se resuelva de fondo y se obligue al Senado a realizar los nombramientos pendientes en beneficio de los derechos que tutela el INAI.