Retazos de Ciencias Forenses | La justicia sin justicia
*Ignorantia juris non excusat
Nicolás Pinedo*
En muchas ocasiones hemos escuchado la palabra Justicia, unos no saben a qué refiere, otros no la conocen y tal parece que la justicia es solo para los que tienen el poder o el dinero, dejando así al resto de la sociedad desprotegida del derecho a la justicia, en sentido estricto justicia: Es darle a cada uno lo que le corresponde, o también es el equilibrio entre lo justo y lo injusto, sin vulnerar ningún derecho fundamental.
Dicho lo anterior, después de la reforma a la los sistemas procesales, también se reformó el artículo ciento veintitrés (123), apartado “B”, Fracción XIII, que a la letra dice “Los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del Ministerio Público, peritos y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes. Los agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes en el momento del acto señalen para permanecer en dichas instituciones, o removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones. Si la autoridad jurisdiccional resolviere que la separación, remoción, baja, cese o cualquier otra forma de terminación del servicio fue injustificada, el Estado sólo estará obligado a pagar la indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho, sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiere promovido.”
Este ordenamiento jurídico, sólo es aplicable para los Policías, Peritos y Misterios Públicos, mismos que trabajan en las instituciones de seguridad pública y en las fiscalías de los estados, en el caso se la Fiscalía de Zacatecas, que aún se encuentra en conflicto laboral, independientemente de que se llegue a un acuerdo en los días siguientes, seguramente en los próximos meses como por arte de magia van a mandar a Policías, Peritos y Ministerios Públicos a que realicen sus exámenes de control y confianza, lo más interesante es que no lo van a aprobar (supuestamente) y entonces con la mano en la cintura los van a despedir aplicándose el artículo antes citado, luego su derecho es demandar por despido injustificado si así lo desea, ante tal situación en el mismo artículo en su parte final, refiere que independientemente cual sea el resultado de la resolución, la institución no está obligada a la restitución del trabajador, en el mejor de los casos sólo se le pagará lo correspondiente a lo estipulado en la ley federal del trabajo.
¿Entonces quién? aplica la Justicia para los Policías, Peritos y Ministerios Públicos que trabajan en la fiscalía.
*Maestría en Ciencias Forenses y Victimología, perito criminalista, asesor forense y amante del ciclismo de montaña.