Retazos de Ciencias Forenses | Entrevista e Interrogatorio

Retazos de Ciencias Forenses | Entrevista e Interrogatorio


*Ignorantia juris non excusat

 

Nicolás Pinedo*

En ocasiones es común confundir la palabra entrevista con la palabra interrogatorio y podemos pensar que es lo mismo o que se usan para un mismo fin, incluso en los medios de comunicación también se comente este error, por ello en esta aportación, haré mención del objetivo que sigue cada una de ellas y las diferencias.

Entrevista ordinaria o convencional, es el intercambio verbal de información de interés específico sobre un tema y lo llevan a cabo dos o más personas, mientras que la entrevista policial, es el cuestionamiento o grupo de preguntas que se le hacen a una persona, de quien se cree que posee información de interés oficial para el investigador, en este tipo de entrevista el investigador anima o invita al entrevistado a que proporcione la información del hecho que se investiga y que lo haga con sus propias palabras y a su manera sin cambiar nada.

La importancia de la entrevista policial, es averiguar todo lo relacionado a los hechos relativos a un caso en específico, establecer objetivamente él cómo sucedieron los hechos, la identidad de la víctima, victimario y demás personas que pudieran tener relación con el evento, además con esta información recabada se puede establecer si la persona participó o no en la conducta delictiva, incluso si se encontraba en el escenario o próximo a él.

Por otro lado, tenemos al interrogatorio el cual es una serie de preguntas formuladas de manera técnica y sistemática por el agente del ministerio público o el policía de investigación, que se le realizan a cualquier persona que pueda proporcionar información útil para lograr el esclarecimiento de un hecho. Esta parte se le ubica como un procedimiento acusatorio, dirigido a obtener información que el interrogado no quiere proporcionar y es en una segunda etapa, tras la entrevista, al identificar en la entrevistada falsedad, por lo que se le confronta ya en términos de posible responsabilidad o complicidad en el hecho delictivo.

El interrogatorio sirve para conocer directamente la verdad acerca de los hechos, obtener la propia confesión de culpabilidad, identificar a los responsables y a posibles cómplices, además nos permite obtener información de otros delitos que se hayan cometido tiempo atrás.

A manera de conclusión, la entrevista es la serie de preguntas que se le hacen a cualquier persona de la que se sospeche tiene información de algún hecho, en el supuesto que la persona no quiera cooperar, no se le puede obligar a hacerlo, mientras que en el interrogatorio ya se cuenta con información obtenida de entrevistas previas y tienen relación con la investigación por ello ya se lleva a cabo frente a la autoridad.

 

*Maestría en Ciencias Forenses y Victimología, perito criminalista, asesor forense y amante del ciclismo de montaña.


La seguridad y la nación | El sexenio de la opacidad

La seguridad y la nación | El sexenio de la opacidad

El sentido del derecho “In actu” | Propiciar los medios para la libertad y evolución socioeconómica a través de la educación

El sentido del derecho “In actu” | Propiciar los medios para la libertad y evolución socioeconómica a través de la educación