El sentido del derecho “In actu” | La procuración de justicia

El sentido del derecho “In actu” | La procuración de justicia

“La justicia sobre la fuerza, es la impotencia, la fuerza sin justicia es tiranía”.

Oscar Gabriel Campos*

La procuración de justicia ha estado presente desde el periodo prehispánico, cuando se contaba con un sistema de normas del orden el cual sancionaba toda conducta que transgrediera los usos y costumbres de su sociedad, originando un ente dependiente del Monarca azteca, que dentro de sus funciones estaban las de dirimir las controversias planteadas ante su presencia, siendo este el antecedente del Ministerio Público.

Con la aplicación de la legislación española en la Nueva España se crearon las Promotorías Fiscales, siendo una de las raíces del Ministerio Público mexicano; el Ministerio Público como órgano de acusación tiene su origen en la Revolución Francesa, surgiendo inicialmente a través de un ciudadano electo para defender ante la asamblea del pueblo los intereses de la revolución, con facultad de denunciar a los enemigos de la misma y de sustentar con hechos la acusación.

Dicha figura trascendió al México Independiente, retomada en las Constituciones Políticas de 1824, 1836 y 1843 en las cuales se establecía a los fiscales como parte de los organismos judiciales encargados de la defensa de los intereses tributarios, la persecución de los delitos y la acusación en el proceso penal, así como de la asesoría de los tribunales, a fin de vigilar la correcta administración de justicia.

Los fiscales eran electos por el Congreso, la Constitución de 1857 conservó la figura del fiscal y además estableció un Procurador General como integrante de la Suprema Corte de Justicia.

Para 1917, nuestra Constitución consideró la figura del Ministerio Público cuyos funcionarios serán nombrados y removidos libremente por el titular del Ejecutivo Federal, tutelados por un Procurador General con la facultad de intervenir personalmente en todos los asuntos en que la Federación fuese parte.

Las figuras del Ministerio Público de la Federación y procurador General de la República tienen su legislación a partir de agosto de 1919 siendo publicada en el Diario Oficial de la Federación la "Ley de Organización del Ministerio Público Federal y reglamentación de sus funciones", considerándose como la primera ley orgánica de la Institución Ministerial.

Para 1934 fue publicada la Ley Reglamentaria del Artículo 102 de la Constitución de la República donde se establecen ya las funciones a cargo del procurador General de la República y del Ministerio Público de la Federación y su estructura orgánica.

El 13 de enero de 1942 quedó abrogada la Ley Reglamentaria del Artículo 102 de la Constitución de la República, con la publicación de la Ley Orgánica del Ministerio Público Federal; para 1974 se consideró la existencia de la Procuraduría General de la República, mediante la publicación de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, misma que se reformó en diciembre de 1983, en la cual la Procuraduría tenía el carácter de dependencia del Poder Ejecutivo Federal integrando los servicios periciales como auxiliares directos del Ministerio Público de la Federación.

En 2014 se llevó a cabo la reforma constitucional para crear la Fiscalía General de la República (FGR) dotándola de autonomía del Poder Ejecutivo, reemplazando a la Procuraduría General de la República (PGR); replicándose el esquema en todas las entidades de la República siendo el caso que en Zacatecas la Fiscalía el 22 de marzo de 2017 al publicarse la reforma constitucional, mediante la cual se crea la Fiscalía General de Justicia del Estado.

Hoy nos encontramos ante la disyuntiva de elegir a quien conduzca tan importante institución para la vida jurídica y social de nuestro querido estado, en estos tiempos convulsos en los que anhelamos paz, justicia, tranquilidad y reconstrucción social, para alcanzar el progreso y desarrollo económico.

Afortunadamente el derecho ha evolucionado y contamos con normas e instituciones que dan certeza a la aplicación del principio de legalidad, ojalá que la próxima persona que sea electa tenga el perfil idóneo de ser un servidor público comprometido, que reúna las características de jurista, académico, policía investigador, con conocimiento de nuestro estado y sobre todo, con un profundo amor Zacatecas.        

 “Ubi labor - ibi uber / Donde hay trabajo hay abundancia”

 

*Abogado y libre pensador

*Las opiniones plasmadas en las colaboraciones son responsabilidad de cada autor

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