El sentido del derecho “In actu” | La evolución de los fraccionamientos rurales en Zacatecas

El sentido del derecho “In actu” | La evolución de los fraccionamientos rurales en Zacatecas

 

“La tenencia de la tierra ha sido motivo de disputas y guerras, como la “Revolución Mexicana”. En Zacatecas el Régimen de Fraccionamientos Rurales ha sido factor de progreso, que ha derivado en la producción agrícola y ha evolucionado a zonas urbanas, lo que tiene impacto considerable en el bienestar social y el desarrollo económico

 

Óscar Campos*

En el progreso de las sociedades, la humanidad ha ido creando y mejorando procesos y sistemas que permiten convivir en armonía; actualmente es primordial salvaguardar los derechos humanos, toda vez que las sociedades pueden sobrevivir siempre bajo un orden normativo que permita a cada uno de sus integrantes, la viabilidad personal y familiar en el desarrollo de todos los aspectos de la vida humana.

El derecho a la propiedad lo tiene toda persona, es el usar, disfrutar y disponer de un bien; derecho que se encuentra protegido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 27 donde se establecen los tipos de suelo, propiedad privada, ejidal, comunal  y fraccionamientos así como la forma de adquirir la propiedad; además con la disposición de que nadie puede ser privado, ni molestado en sus bienes, derechos, sin previo juicio en el que se cumplan con las formalidades esenciales del procedimiento de acuerdo al artículo 14 Constitucional).

Es importante establecer que, el Régimen de Fraccionamientos Rurales en la actualidad únicamente existe en el estado de Zacatecas, estando presenten en 35 de los 58 municipios, en su origen lo tuvieron estados como: Chihuahua, Coahuila, Durango, Jalisco, entre otros, donde sin duda cumplió con su cometido siendo parte del reparto agrario, sin embargo, con el transcurso del tiempo se ha ido extinguiendo.

Para dimensionar el alcance, la superficie Estatal que abarca siete millones trescientos veinticinco mil cuatros cientos cincuenta y seis hectáreas, mientras que la superficie aproximada en Fraccionamientos Rurales es de un millón cuatros cientos setenta y seis mil tres cientos noventa hectáreas, lo que representa aproximadamente un 20.15% de la superficie total del estado. Así mismo, de la población de Zacatecas 63% corresponde a los habitantes que se encuentran en el espacio urbano y 37% correspondiente a los que viven en áreas rurales de acuerdo con datos del censo de población y vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía INEGI.

Con la transformación de las zonas urbanas ubicadas dentro del Régimen de Fraccionamientos Rurales a propiedad privada, se promovería un mejor orden social, además de convertirse en un factor de desarrollo económico e integración social, para lo cual es necesario fortalecer los procesos para la regularización jurídica y catastral de la propiedad de asentamientos humanos, tanto urbanos como rurales.

Con ello, contribuir a resolver temas de desigualdades, equidad, inclusión social, participación y reconocimiento de las mujeres, en una dinámica de desarrollo; toda vez que se formulan, diseñan e implementan acciones estratégicas que atiendan las necesidades de este sector en los programas de producción agropecuaria.

En el caso de optar por la obtención del dominio pleno, se debe considerar que sea bajo una visión de carácter social, que a los fraccionistas no les represente costos exagerados al transitar a la propiedad privada. Dentro de las ventajas que pueden existir al instaurar un procedimiento distinto al administrativo en forma de juicio existente, es que al fraccionista no le represente tedioso modificar el régimen de sus tierras e incluirse a la propiedad privada, derivado de un trabajo interinstitucional y con los procedimientos e instancias jurisdiccionales en materia procesal civil, sin dejar de lado, los métodos alternos de solución de controversias, lo anterior de conformidad al artículo 17 Constitucional, aspirando a una justicia pronta y expedita, privilegiando la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales.

Promover la certeza jurídica de quien únicamente tiene la posesión, a efecto de que tenga la propiedad, resulta una tarea inminente, en aras de fortalecer  nuestro campo, volviéndolo autosustentable, digno y productivo potenciando el desarrollo económico.

 

*Abogado y librepensador.

 

**Las opiniones plasmadas en las colaboraciones son responsabilidad de cada autor, así como su estilo de escritura. Ecodiario Zacatecas sólo es una plataforma digital para darlas a conocer a sus lectores.

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