El sentido del derecho “In actu” | El impacto de la desinformación en la era digital en el ejercicio del derecho a la información y libertad de expresión
“Actualmente tenemos acceso a infinidad de información de nuestro interés con sólo presionar un botón, sin embargo, hasta donde es el límite de la libertad de expresión, la seguridad y confiabilidad de esta”
Óscar Campos*
La evolución de las redes sociales, las reuniones virtuales y el trabajo desde casa, han sido algunas de las actividades a realizar por medio de diversas plataformas digitales en los últimos años.
Para 2020, en México se estimó una población de 84.1 millones de usuarios de internet, representando el 72% de la población de seis años o más, 1.9 puntos porcentuales más respecto a la registrada en 2019, las principales actividades son: comunicarse 93.8%, buscar información 91% y acceder a redes sociales 89%, esto de acuerdo a la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares en México.
Lo anterior, derivó en un replanteamiento de los medios de comunicación y redes sociales, en términos de ecología política en la vida democrática; siendo de especial atención que, en un marco jurídico adecuado, las características particulares del Internet, dentro del cual la legitimación de los protagonistas es dada por la sociedad y considerarlo al momento de regular o valorar alguna conducta generada en este medio, ya que se vuelve privilegiado para el ejercicio democrático, abierto, plural y expansivo de la libertad de expresión, tal como se discutió en el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión, la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de los Estados Americanos en diciembre del 2013.
La variedad de contenido en medios y redes sociales no nos hace una sociedad más abierta e informada, salvo contar con criterio propio para el discernimiento y abundamiento de esta. La consolidación de ejes como: el acceso amplio de los actores sociales a medios plurales e independientes de los poderes estatales, altos niveles de alfabetización en promedio y una Transparencia Gubernamental consolidada.
En 1995 se realizó un ejercicio de consenso entre las diversas fuerzas políticas del país y surgió la iniciativa de ley que reglamentaría los artículos 6° y 7° constitucionales, estableciendo los mecanismos para asegurar el pleno ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a la información, regulando la relación existente entre los emisores, la naturaleza de los mensajes, los medios de información y los receptores; definiendo a la Comunicación Social como el instrumento para el ejercicio del derecho a la información, quedando sujetas a la prescripción de dicha ley todas las actividades de información y comunicación social que sean del conocimiento de la sociedad en su conjunto, utilizando los medios masivos de comunicación.
Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación sostiene que uno de los objetivos fundamentales de la tutela a la libertad de expresión la formación de una opinión pública libre e informada, indispensable en la democracia representativa, en la tesis con registro digital: 172479 establece: “el derecho fundamental a la libertad de expresión comprende tanto la libertad de expresar el pensamiento propio (dimensión individual), como el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole… lo cual se asocia a la dimensión colectiva del ejercicio de este derecho(…)”
En febrero de 2021, el Senador Ricardo Monreal Ávila presentó la iniciativa con proyecto de Decreto de reforma y adición a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para regular las redes sociales, siendo el detonador el veto de Facebook y Twitter a Donald Trump, tras el asalto al Capitolio de Estados Unidos.
Toca al Congreso de la Unión discutir este tema trascendental a efecto de legislarlo, salvaguardando los derechos a la libertad de expresión de forma responsable y acceso a información veraz, siempre respetando los límites, privilegiando derecho colectivo por encima del particular; lo anterior protegiendo aspectos como datos personales, derechos de autor e inclusive considerar la comercialización de bienes y servicios dentro de la comunidad global en la nueva realidad.
*Abogado y librepensador.
**Las opiniones plasmadas en las colaboraciones son responsabilidad de cada autor, así como su estilo de escritura. Ecodiario Zacatecas sólo es una plataforma digital para darlas a conocer a sus lectores.