El sentido del derecho “in actu” | El estado de derecho

El sentido del derecho “in actu” | El estado de derecho

“Entendiendo el Estado de Derecho”.

 

*Oscar Gabriel Campos

Con la instalación solemne del Congreso Constituyente el 7 de noviembre de 1823 y posteriormente la aprobación del Acta Constitutiva de la Federación Mexicana el 24 de enero de 1824 se establecieron las bases fundamentales para la Constitución Federal, siendo esta la primer Constitución de México. Sin embargo, como precedentes tenemos, por mencionar algunos, la Constitución de Apatzingán de 1814, oficialmente llamado como Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana firmado y proclamado el 22 de octubre de 1814 en la cual se buscaba la igualdad entre todos sus habitantes, decretó el fin de la esclavitud en México y restituir las tierras a los pueblos originarios de la América Mexicana; la Constitución Política de la Monarquía Española o de Cádiz. Materializando los primeros ciudadanos, con base en la soberanía popular.

Todo ello derivado del pensamiento del siglo XVIII, la Revolución Francesa llevó adelante la consigna de que el gobierno de hombres sería remplazado por el gobierno de las leyes, toda vez que el absolutismo no existió un límite legal. Las leyes serían elaboradas por los representantes elegidos por el pueblo, lo cual debería atender al bien común.

La Declaración de Derechos de la Revolución francesa, en su artículo 6, estableció: “La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen el derecho de participar personalmente, o por sus representantes, en su formación. Debe ser la misma para todos, tanto cuando protege como cuando castiga. Siendo todos los ciudadanos iguales a sus ojos, son igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según su capacidad, y sin otra distinción que la de sus virtudes y la de sus talentos.”

La evolución del Derecho se dio de la mano de la evolución social y la internacionalización de algunos de los principios del Derecho Constitucional posterior a la segunda guerra mundial, permitió conformar el Cuerpo del Derecho Civil Internacional de los Derechos Humanos, toda vez que se reestructurada la Organización de Naciones Unidas, se aprueban instrumentos de protección para los derechos y libertades de las personas, ocurriendo así mismo en otros organismos regionales para permear a nivel mundial.

La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 establece: “es esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión…”.

El progreso del Estado de Derecho se ha avanzado en temas de: igualdad ante la Ley, garantía de las libertades fundamentales, la división de poderes, el propiciar la libertad de competencia en el mercado, para los cuales ha sido necesario el estudio del arte a lo largo de este progreso emanado de las diversas corrientes del pensamiento y con ello, la conformación de un marco jurídico pertinente que salvaguarde los derechos y obligaciones.

La supremacía constitucional como principio básico de todo sistema jurídico siendo la Constitución la norma fundamental y considerando el control de convencionalidad con los tratados firmados por México es uno de los elementos esenciales en un Estado de Derecho. Otros elementos son la legalidad y legitimidad de las leyes idealmente en un punto de equilibrio, entendiendo por legalidad lo que está en estricto apego a derecho, acorde al marco jurídico y establece las conductas de lo que se puede o no hacer desde la visión de la ley; por su parte lo legítimo es realizar las conductas dentro de una visión correcta, justa, auténtica, moral y ética, considerando actualmente la inclusión, respeto a la libertad de los otros, dentro de un contexto social determinado.

De ahí la importancia de legislar con una visión actual, así como una participación institucional impulsando las condiciones adecuadas para para tener un equilibrio en el desarrollo social, económico y político.

“Ubi labor - ibi uber / Donde hay trabajo hay abundancia”

 

Abogado y libre pensador

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