El sentido del derecho “In actu” | Continuando con el análisis de las iniciativas de Reformas a la Constitución

El sentido del derecho “In actu” | Continuando con el análisis de las iniciativas de Reformas a la Constitución


“Garantizar el derecho a la educación y el trabajo a través del programa Jóvenes Construyendo el Futuro”;


Oscar Gabriel Campos*

En el marco de la celebración del día del Maestro, todo reconocimiento a aquel capaz de compartir su luz con sus semejantes en la eterna búsqueda del bien común. Del análisis de las Iniciativas del Ejecutivo Federal, como lo es para el caso, la relativa a la Capacitación para el Trabajo.

Algunas de las razones por la cual se busca apoyar a los Jóvenes, con un precedente bastante notorio en la época neoliberal, donde existían tres factores principales que son la exclusión social, educativa y laboral y estas mismas llevaron a posibles situaciones de riesgo y vulnerabilidad, dando muy poca posibilidad para un futuro, exponiéndolos ante un panorama con poca esperanza de provecho, y donde comenzó la discriminación y marginación.

Por ello, el actual Jefe de Estado hace la propuesta que reforma el artículo 123 Constitucional, donde se propone adicionar un segundo párrafo, para que la nación cuente con una fuerza laboral mejor capacitada y se garanticen oportunidades de trabajo para los jóvenes implementando el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, el cual tiene los siguientes objetos: 

1.- Busca integrar a los jóvenes en actividades.

2.- Alejarlos del desempleo y de conductas antisociales.

3.- Encaminarlos a actividades productivas y a su vez, incluirlos en la actividad económica y en el desarrollo del país.

 Para lograr lo antes mencionado, se les otorgara un apoyo económico mensual (equivalente al menos a un salario mínimo vigente) por doce meses para que se capaciten en empresas, instituciones públicas y organizaciones sociales. Este apoyo va dirigido a jóvenes entre 18 y 29 años de edad que se encuentren en desocupación laboral y no cursen ninguno de los niveles Educativos. 

Ahora bien, señalar que este Programa ya existía desde el año 2019 y operaba en las 32 entidades de la República Mexicana, entonces, es necesario resaltar que, si ya existía el programa, ¿por qué regirlo a través de la Constitución? Al regularlo esta y darle vida al programa a través de Leyes (secundarias) el legislador tiene la tarea de hacer las modificaciones pertinentes dentro de este rango, sin embargo al encontrarse prevista en nuestra ley suprema, se vuelve rígido y firme para lograr que se cumpla y se implementen las leyes secundarias para que le den seguimiento a lo que se menciona que tiene la obligatoriedad de ser atendido, pues recordemos que la constitución es general y obligatoria, y las demás leyes y ordenamientos se deben apegar y ceñir a lo que esta prescribe. 

 De acuerdo con la Comisión de Salarios Mínimos, (Conasami), dice que el programa ha tenido un impacto favorable, pues el 61.7% de las y los jóvenes egresados del Programa han encontrado empleo durante el año 2022. Entonces se espera que, teniendo una visión completa dentro de nuestra nación, lograr ayudar a los Jóvenes que se encuentren en situaciones de rezago laboral y educativo, a su vez puedan reintegrarse al desarrollo económico a través del ejercicio laboral, verse beneficiado propiamente en lo individual, como también impulsar un desarrollo económico, el cual representa un reto para generar nuevas políticas.

 Cabe insistir en la pregunta ¿un programa social por benéfico que sea debe de estar en nuestra máxima norma, la Constitución? Considerando que es la ley de leyes y que nos otorga la estructura de la división de poderes, pues según el Jurista Tena Ramírez lo explica "Así es como la supremacía de la Constitución responde, no sólo a que ésta es la expresión de la soberanía, sino también a que por serlo está por encima de todas las leyes y de todas las autoridades: es la ley que rige las leyes y que autoriza a las autoridades. Para ser precisos en el empleo de las palabras, diremos que "supremacía" dice la calidad de "suprema", que por ser emanación de la más alta fuente de autoridad corresponde a la Constitución; en tanto que "primacía" denota el primer lugar que entre todas las leyes ocupa la Constitución".

Ubi labor - ibiuber / Donde hay trabajo hay abundancia”



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