Charlas con un abogado | Abogacía en la Independencia

Charlas con un abogado | Abogacía en la Independencia

“En el siglo XVIII, nuestro rubro sufrió carencia, a tal grado de tener que pedir limosna en el palacio Virreinal de la Ciudad de México”


Miguel Darío del Real Campos*


Ahora que estamos en el mes patrio y, particularmente, en las celebraciones de la Independencia de nuestro país, hablo de un tema muy exclusivo y pintoresco: la abogacía en tiempos de Independencia.

El papel político que tuvieron algunos juristas, padres del pensamiento liberal, miembros del entonces “Ilustre y real Colegio de Abogados en México” como lo fueron Francisco Primo de Verdad, Juan Francisco de Azcarate, Carlos María Bustamante y José Miguel Guridi y Alcocer, entre otros.

En el siglo XVIII, nuestro rubro sufrió carencia, a tal grado de tener que pedir limosna en el palacio Virreinal de la Ciudad de México.

A finales del mes de mayo, en el año 1758, un grupo de abogados, liderados por el licenciado Baltasar Ladrón de Guevara, solicitaron el permiso para reunirse y formar un grupo de letrados novohispanos, para colegiar y así poder dignificar la profesión que tan carente estaba en ese momento. Todos estuvieron de acuerdo.

Los santos patronos del Colegio de Abogados de México fueron la Virgen de Guadalupe, en primer lugar; San Juan Nepomuceno, San Juan de Dios y San Andrés Avelino.

Los abogados que pretendieran litigar debían pertenecer al colegio, así que se autorizó al Colegio para que pudiera evaluar a los aspirantes que cumplieran con ciertos requisitos; dicha corporación gozaba de importantes privilegios, pero lo más importante es que solo los colegiados podían practicar la profesión, pero el 22 de abril de 1811 se expidió un decreto sobre la libre incorporación de los abogados en sus colegios; con dicho decreto, los abogados perdieron el más grande privilegio que se tenía, que era el ingreso forzoso al colegio para poder postular.

Con la Independencia de México, el colegio sufrió importante modificaciones, se eliminó el estatuto de limpieza de sangre, cambió su nombre y se perdió lo más importante, que solo los colegiados ejercieran, el decreto que se publicó a la letra decía: “todos los abogados existentes en la república y los que, en lo sucesivo, se habilitaren por cualquier estado, podrán abogar en todos los tribunales de la federación”.

Las diferentes ideologías adoptadas por los juristas mexicanos eran contradictorias entre sí, pero el sentimiento libertador los unía.

Nos leemos en la siguiente.




*Licenciado en Derecho 

Maestro en Derecho Fiscal

Especialista en Derecho Laboral

Doctorante en Derecho Constitucional, Amparo y Penal

Socio del Despacho Jurídico “Del Real & Asociados”.




**Las opiniones plasmadas en las colaboraciones son responsabilidad de cada autor, así como su estilo de escritura. Ecodiario Zacatecas sólo es una plataforma digital para darlas a conocer a sus lectores.


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