La seguridad y la nación | Sobre la rendición de cuentas
“La rendición de cuentas es un instrumento que tiene como finalidad, dar transparencia a los recursos destinados a las instituciones públicas, en aras de la certeza a los ciudadanos de que sus impuestos están siendo empleados para los fines que fueron destinados, además, de que dicha rendición debe ser a través de organismos autónomos e independientes, nadie puede ser juez y parte”
Hugo Rafael Sánchez González*
En tareas de Seguridad Pública, la rendición de cuentas es un mecanismo que tiene como finalidad el constante monitoreo de la documentación, supervisión y evaluación, favorecen la fiscalización y rendición de cuentas del actuar sobre el manejo financiero de las instituciones, además, contar con mecanismos que activen la participación ciudadana conformado por personas que no pertenezcan a la institución que se pretende monitorear.
Pues bien, frente a la última reforma al artículo 21 Constitucional, que da funcionamiento a la Guardia Nacional, así como su Ley y Reglamento, no se prevé en ninguno de estos, la existencia de esos controles.
La Ley de la Guardia Nacional, establece la obligación del Ejecutivo Federal de rendir anualmente, un informe escrito ante el Senado de la República, donde se describan las actividades desarrolladas, (Art. 96), donde, precisamente la GN solo entregó dicho informe correspondiente al año 2019.
Pero esto resulta totalmente ineficiente y muy lejos de la realidad de contar con mecanismos de vigilancia externos e independientes que logren una correcta fiscalización en la Guardia Nacional, tampoco así en las fuerzas armadas que realicen funciones de Seguridad Pública.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, es el máximo órgano jurisdiccional en materia de Derechos Humanos, es una institución judicial autónoma de la Organización de los Estados Americanos cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y otros tratados.
México ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos el 24 de marzo de 1981 y reconoció la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 16 de diciembre de 1998. Desde esta última fecha, los fallos de ese Tribunal Internacional son jurídicamente vinculantes para el Estado Mexicano. Bajo este contexto, el 21 de diciembre de 2018, la Secretaría de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, notificó al Estado Mexicano, la sentencia del 28 de noviembre de 2018 en el “Caso Mujeres Víctimas de Tortura en Atenco vs México”
En el inciso (v) de esta sentencia, la Corte Ordenó al Estado Mexicano lo siguiente: “crear un plan de capacitación de oficiales de la Policía Federal y del estado de México, y establecer un mecanismo de monitoreo y fiscalización para medir y evaluar la efectividad de las políticas e instituciones existentes en materia de rendición de cuentas y monitoreo del uso de la fuerza de la Policía Federal y la policía del estado de México.”
Sin embargo, lo que sucede en México, es que derivado del fortalecimiento y poder castrense, inherente a la militarización de la seguridad pública, ha logrado que los controles externos sobre las Fuerzas Armadas que deberían activarse en los casos de corrupción y violaciones a derechos humanos, se debiliten y dejen de existir, sabemos de la resistencia que dichas Fuerzas Armadas han mostrado a la rendición de cuentas desde sus intervenciones en tareas de seguridad pública.
A esto viene a sumar, el mito de que las Fuerzas Armadas son incorruptibles, pero, considerando los casos recientes de presunta colusión de militares con organizaciones delictivas, el tema claramente se encuentra rebasado, ya que no existen mecanismos externos que permitan la investigación de tales señalamientos.
Finalmente, esto resulta muy preocupante, ya que, al día de hoy, no existe ningún control externo efectivo sobre las Fuerzas Armadas en México, y desde el punto de vista de los Derechos Humanos, es desastroso que se continúe con el modelo de seguridad militarizado.
* Especialista en Seguridad Pública, Instructor certificado en Derechos Humanos por el CICR, Presidente de la asociación, Desarrollo de Liderazgo y Talento, A.C
Mtro., en Juicios Orales
Contacto: silverado_hr@hotmail.com