El sentido del derecho “In actu” | La implementación del CNPCyF en nuestro Estado 

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“La Oralidad en las Materias Civiles y Familiares”

Oscar Gabriel Campos*

En anteriores colaboraciones, como fue el caso de la semana pasada, hemos abordado la trascendencia de la publicación y entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, exponiendo que las principales reformas que presenta para los procedimientos Civiles y Familiares son:

La competencia del Código será única y cobrará vigencia en todo el territorio nacional.

La Oralidad, aparte de formarse en un expediente escrito el mismo deberá reducir el número de fojas que integra el legajo respectivo contando además con elementos de audio y video. La trilogía formada por el Juez quien regula el proceso, las partes: actor y demandado teniendo la controversia sobre un determinado asunto entre particulares y en materias Civil y Familiar donde se genera la Litis, es decir, la pretensión del actor, las excepciones y defensas del demandado. 

La Digitalización, las partes podrán optar porque su juicio se lleve mediante un procedimiento tradicional o el procedimiento en línea, donde se deberá implementar la firma digital de las partes intervinientes que además deberán contar con una cuenta de correo electrónico para en su caso, recibir y oír las notificaciones que se generen y se tengan que atender en el término perentorio que para el efecto señale el regulador del proceso.

Para lo anterior, observamos la urgente necesidad de preparar, capacitar a magistrados, jueces, personal de los tribunales o juzgados entre los que se encuentran: proyectistas, secretarios de acuerdos, secretarios, actuarios, oficiales judiciales, notificadores, técnicos en la información y comunicación, ministerios públicos, abogados públicos y particulares.

El objetivo es para que cuenten con habilidades y destrezas en técnicas de litigación oral para el buen desempeño de su respectiva función y responsabilidad lo que deberá en todo momento favorecer a los justiciables (los particulares) quienes son los que claman Justicia. 

Lo anterior como lo señala el Artículo 17 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Justicia deberá ser pronta, completa e imparcial, que finamente ese es el objetivo principal de la tan señalada reforma, acortar el tiempo para resolver los asuntos que se presentan a los operadores del sistema jurídico, que en el sistema tradicional se lleva años y los expedientes llegan a ser extensos.

Cabe señalar que las materias Civil y Familiar representan la mayor carga de trabajo de los asuntos que deben atender los tribunales del País de acuerdo con datos Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal de Inegi, siendo alrededor del 74% de los trámites. 

Para el caso del Estado de Zacatecas se deberá contar para implementar este nuevo sistema al menos con 43 Salas especializadas en Juicio Oral Civil y Familiar, tomando en cuenta que son 18 Distritos Judiciales: la Capital, Fresnillo, Jerez, Río Grande, Sombrerete, Tlaltenango, Calera, Jalpa, Juchipila; Loreto, Miguel Auza, Nochistlán, Ojocaliente, Pinos, Teúl de González Ortega, Valparaíso y Villanueva, distribución publicada en el Periódico Oficial Órgano del Gobierno del Estado suplemento número 28 del Sábado 7 de abril de 2001.

El número de juzgados que operan en estas materias son: la Capital 5 Familiares y 4 Civiles, Fresnillo 2 Civiles y 3 Familiares y en el resto de los distritos son 29 mixtos, para lo cual deberá contarse con recursos materiales, humanos y financieros suficientes para construir la infraestructura, equipamiento necesario como voz y datos, lo que deberá presupuestarse en los próximos ejercicios fiscales. 

Por lo tanto, los tres poderes en el ánimo de la colaboración que debe existir entre estos deben acordar lo pertinente, debido a que les quedan poco más de 3 años para su entrada en vigor que no deberá exceder del 1 de abril de 2027; para el caso de nuestra Entidad entrará en vigor de conformidad con la Declaratoria que al efecto emita la legislatura local, previa solicitud del Poder Judicial del Estado de Zacatecas.

Cabe señalar que el viernes pasado nos visitó el Secretario Técnico de la Comisión para la Coordinación del Sistema de Justicia Civil y Familiar” la pregunta obligada ¿avanzamos?.  

“Ubi labor - ibi uber / Donde hay trabajo hay abundancia”

*Abogado y libre pensador


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