El sentido del derecho “In actu” | La esclavitud antes y ahora
“Quiero morir siendo esclavo de los principios, no de los hombres.”
Emiliano Zapata
Oscar Gabriel Campos*
En el marco de los 16 de actividades del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, 25 de noviembre y el Dia Internacional para la Abolición de la Esclavitud el 2 de diciembre., a 213 años que Don Miguel Hidalgo y Costilla ratificara la abolición de la esclavitud y los tributos, siendo 6 de diciembre de 1810 que publicó el decreto de la Abolición de la Esclavitud, emitido por en la plaza de Guadalajara, Jalisco durante la guerra de independencia, siendo este uno de los distintos momentos en que se defendió el derecho a la libertad.
Para el 14 de septiembre de 1813 en “Los Sentimientos de la Nación” que José María Morelos y Pavón con el apoyo de Andrés Quintana Roo en su artículo 15 dice: "que la esclavitud se prescriba para siempre, lo mismo que las castas"; hasta finales de 1815 a la muerte de Morelos, la abolición de la esclavitud fue un tema recurrente.
Posteriormente el 15 de septiembre de 1829 el entonces presidente Vicente Guerrero conocido como “el Caudillo del Sur” siendo el primer presidente afrodescendiente quien llegó al poder apoyado por las clases populares y su política estuvo orientada a favorecer a estos grupos, publicó un decreto el 15 de septiembre de 1829 mediante el cual volvía a suprimirse la esclavitud en México.
Actualmente nuestra Constitución en el artículo primero, relativo a las garantías individuales, a partir de la reforma constitucional de 2011, ahora derechos humanos, prohíbe de manera terminante la esclavitud en México y quien llegue a pisar territorio nacional, siendo esclavo, por ese simple hecho recupera su libertad, lo que le es garantizado por el Estado.
Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) establece en el artículo 4 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre,” la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas”.
Reflexionar sobre el término de “esclavitud moderna”, dicho término abarca prácticas como el trabajo forzoso y el matrimonio forzado, haciendo referencia a situaciones de explotación en las que una persona se encuentra y no puede rechazar o abandonar debido a amenazas, violencia, coerción, engaño o abuso de poder.
La esclavitud moderna se da en casi todos los países del mundo, y atraviesa líneas étnicas, culturales y religiosas. Más de la mitad (52%) de todos los trabajos forzados y una cuarta parte de todos los matrimonios forzados se encuentran en países de renta media alta o alta.
Algunas de las principales formas de esclavitud modernas son: Trabajo forzoso, trabajo infantil y trata de personas, cabe mencionar que el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas; se define la “trata de personas” como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.
De acuerdo con estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 2021 había 10 millones más de personas en situación de esclavitud moderna en comparación con 2016 un total de 50 millones en todo el mundo.
La OIT adoptó un nuevo Protocolo legalmente vinculante diseñado para reforzar la lucha contra el trabajo forzoso en todo el mundo vigente a partir de noviembre de 2016, casi una de cada ocho personas sometidas a trabajos forzados son niños y niñas 3, 3 millones y más de la mitad de ellos se encuentran en situación de explotación sexual comercial, el 86% del trabajo forzoso se dan en el sector privado.
Lo anterior para reflexión de lo que podemos hacer para erradicar, aun ahora dichas prácticas.
“Ubi labor - ibi uber / Donde hay trabajo hay abundancia”
*Especialista en Seguridad Pública, Instructor certificado en Derechos Humanos por el CICR.
Mtro., en Juicios Orales
Contacto: silverado_hr@hotmail.com
*Las opiniones plasmadas en las colaboraciones son responsabilidad de cada autor, así como su estilo de escritura. Ecodiario Zacatecas sólo es una plataforma digital para darlas a conocer a sus lectores.