VAN POR REVOCACIÓN DE MANDATO DE DIPUTADOS Y ALCALDES
Fotos y Texto: Esther Consuegra Dávila
ZACATECAS, ZAC.- A nombre de la bancada de Morena en la LXIV Legislatura, la diputada Gabriela Pinedo Morales presentó la iniciativa para ampliar la relativa a la Revocación de Mandato a diputados locales y presidentes municipales en lo que aseguró puedan ser sometidos al tamiz de la voluntad popular por el desempeño de su encargo, “porque el pueblo pone y el pueblo quita”.
A la iniciativa de adición presentada por Pinedo Morales, le antecede la propia presentada por independiente José Figuera Rangel en la que solo se contempla la revocación de mandato en la figura del ejecutivo estatal, a lo que la diputada local explicó con esta ampliación se el pueblo de Zacatecas tendrá el derecho de participar en la vida pública y votar para elegir a quiénes los representarán, también cuenta con la facultad de quitar a sus representantes.
Explicó que de acuerdo a la Tesis XLIX/2016, de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, reconoce que uno de los elementos definitorios de los mecanismos de participación política directa, que consiste -dijo- “en someter de forma directa a la ciudadanía un tema trascendente, que puede ser una norma de carácter general, un acto de gobierno o hasta la revocación de mandato de un representante electo”.
La morenista aseguró que revocar el mandato es un acto de responsabilidad y de rendición de cuentas a la confianza que los electores dan a sus representantes, “y por tratarse del ejercicio del derecho humano de sufragio activo, en su desarrollo legislativo se deben observar las garantías constitucionales y convencionales para su ejercicio”.
Explicó que para que el proceso de revocación de mandato sea vinculante deberá haber una participación de, por lo menos, el cuarenta por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores del distrito correspondiente para el caso de los Diputados de Mayoría Relativa; y en el supuesto de los Diputados de Representación Proporcional, al equivalente del cuarenta por ciento del cociente natural que sirvió de base para la distribución de dicho principio, y la revocación de mandato sólo procederá por mayoría absoluta.
Pinedo Morales señaló que, en el caso de la revocación de mandato de los Presidentes Municipales, ésta será convocada por el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, a petición de los ciudadanos y ciudadanas, en un número equivalente al diez por ciento de las y los inscritos en la lista nominal de electores correspondiente, y se podrá solicitar en una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión de la segunda mitad del periodo