PROHIBIDO, FUMAR EN ESPACIOS PÚBLICOS Y EXHIBIR CAJETILLAS DE CIGARROS
-A PARTIR DE ESTE DOMINGO
ECODIARIO
CIUDAD DE MÉXICO.- Este domingo 15 de enero de 2023 entran en vigor las modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, con las cuales queda prohibido exhibir las cajetillas de cigarros en los mostradores de tiendas y otros puntos de venta.
La nueva modificación establece en el artículo 33 que los puntos de venta de todo el país no podrán mostrar, directa o indirectamente, los productos elaborados con tabaco.
De acuerdo con esta reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de diciembre de 2022, estos dos tipos de exhibición se consideran una “acción comercial de publicidad” que se realiza “con el fin de promover y alentar la compra”.
PROHÍBEN ENCENDER CIGARRILLOS EN ESPACIOS PÚBLICOS
Asimismo, de acuerdo con el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador el 31 de mayo de 2022 y publicado el 14 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a partir del 15 de enero quedará prohibido fumar en espacios públicos, abiertos y cerrados.
¿DÓNDE SE PROHÍBE FUMAR?
Espacios públicos abiertos y cerrados
Áreas de tolerancia de fumadores
Restaurantes
Cantinas
Cafeterías
Antros
Parques
Estadios
Auditorios
Centros de entretenimiento
Escuelas públicas y privadas
Universidades
En taxis y autos de aplicación
Espacios rentados para fiestas